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Encabezado

VIVIR

INGRESO DE MOBILIARIO

 

Los extranjeros que deseen establecerse en el Uruguay podrán ingresar, como equipaje no acompañado, sin cargo y en condiciones de carga: ropa, efectos personales usados, libros y periódicos, muebles y otros bienes de uso doméstico; y herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, considerados individualmente. El goce del beneficio está sujeto a la previa comprobación de la actividad desarrollada por el viajero.

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El tramite de aduana es gratuito y puede hacerse personalmente o por medio de un representante.

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REQUISITOS

 

  • El equipaje deberá llegar al territorio aduanero dentro de los tres meses anteriores o hasta seis meses después de la llegada del viajero;

  • solo se entregará después de la llegada;

  • llegar en condición de carga y desde el mismo origen que el viajero;

  • El equipaje permanecerá almacenado hasta la autorización.

 

El procedimiento puede ser realizado por la persona interesada o su representante autorizado por el poder notarial.

El trámite debe comenzarse con la presentación a la Autoridad Aduanera de un archivo GEX electrónico con la siguiente documentación: solicitud de admisión, lista de efectos personales intervenidos por el Consulado del país donde reside y prueba de entrada al país otorgada por la Migración Dirección. 

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En el caso de los extranjeros que no posean residencia permanente, sus activos pueden ser admitidos bajo el régimen de Admisión Temporaria. En este caso se solicitará una garantía de acuerdo a los impuestos correspondientes que será devuelta una vez que se haya comprobado la residencia final en el país. 

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¿CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE?

 

Antes de ingresar al país, debe solicitarse en el Consulado uruguayo del país de origen su intervención o la visa de la lista de efectos personales que se transferirán. En Uruguay, el procedimiento puede ser realizado por la parte interesada o por su representante autorizado mediante poder notarial. Los documentos ha presentar ante la Autoridad Aduanera son:

  1. formulario de solicitud;

  2. lista de efectos personales intervenidos por el Consulado;

  3. el registro de admisión al país otorgado por la Dirección de Migraciones (Certificado de llegada).

 

Un extranjero que ingresa al país puede ingresar a un vehículo solo si su situación se encuentra dentro de lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Ley 16.340:

 

  • Encontrarse en situación de retiro o jubilación.

  • Percibir un mínimo de U$S 1.500 (mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América) mensuales por concepto de jubilación u otros ingresos generados en el exterior.

  • Haber adquirido una propiedad inmueble con destino a casa-habitación en el territorio uruguayo, la que deberá tener un valor mínimo de U$S 100.000 (cien mil dólares de los Estados Unidos de América) y no podrá ser enajenada durante un período de diez años. El valor del inmueble referido se acreditará mediante prueba fehaciente.

  • En su defecto, haber adquirido en Uruguay valores públicos emitidos por el Gobierno de Uruguay por un valor nominal mínimo de U$S 100.000 (cien mil dólares de los Estados Unidos de América) los que permanecerán bajo custodia en el Banco de la República Oriental del Uruguay por un período mínimo de diez años. No obstante, en cualquier momento podrán ser cambiados el inmueble por valores públicos y viceversa, así como cualquiera de ellos por otra inversión, siempre en montos no inferiores a los mencionados anteriormente. 


(*) Si el país de residencia es Brasil, los documentos deben ser apostillados.

En la ciudad de Porto Alegre hay tres Tabelionatos donde puede solicitar este procedimiento:

 

  • Primer Tabelionato: tel (51) 30795300

  • Tercer Tabelionato: tel (51) 321233876

  • Noveno Tabelionato: tel (51) 33312535


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¿DÓNDE DEBE REALIZARSE EL TRÁMITE?

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Antes de partir en el pa{is de origen:

  • Consulado uruguayo: ver mapa aquí

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Y luego al llegar a Uruguay:

  • Aduana en Montevideo: Rambla 25 de agosto de 1825 nº199. Acceso Yacaré, Planta Baja. Horario: 9 am a 5 pm​​.

  • En el resto del país: en cualquier Administración de Aduanas ubicada en el punto de entrada al país.

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Consultas:

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